Contrato de prestación de servicios — Asistente virtual de WhatsApp con voz clonada
Entre DIVORYA S.A.S., NIT [NIT], con domicilio en Bogotá D.C., representada por Juan Camilo Marín Segura (en adelante, "EL PRESTADOR"), y [RAZÓN SOCIAL / NOMBRE DEL CLIENTE], NIT/C.C. [NÚMERO], representada por [NOMBRE] (en adelante, "EL CLIENTE"), se celebra el presente contrato:
PRIMERA — Objeto.
EL PRESTADOR creará y operará para EL CLIENTE un asistente virtual de inteligencia artificial en WhatsApp que responde mensajes de texto y notas de voz utilizando la voz clonada del representante autorizado de EL CLIENTE, entrenado con la información de negocio suministrada por EL CLIENTE.
SEGUNDA — Alcance del servicio.
- Instalación (pago único): diagnóstico del negocio, clonación de voz autorizada, configuración del asistente y de su conocimiento, gestión del número de WhatsApp dedicado, verificación ante Meta y puesta en marcha.
- Plan mensual contratado: [ESENCIAL $350.000 / PRO $550.000 / PREMIUM $900.000] COP/mes, que incluye [150 / 400 / 1.000] minutos de audio generado, mensajes de texto con uso justo de hasta 10.000 conversaciones mensuales, y los ajustes descritos en el plan. Minutos de audio adicionales: $1.000 COP por minuto, facturados mes vencido.
- El servicio opera sobre infraestructura tecnológica de EL PRESTADOR (proveedores de voz y mensajería). EL PRESTADOR podrá cambiar de proveedores manteniendo la calidad del servicio.
TERCERA — Valor y forma de pago.
Instalación: $3.000.000 COP pagaderos de forma anticipada. Plan mensual: pagadero por anticipado dentro de los primeros cinco (5) días de cada período. El no pago suspende el servicio hasta su regularización.
CUARTA — Plazo y terminación.
Contrato de duración mensual con renovación automática. Cualquiera de las partes puede terminarlo con aviso de quince (15) días calendario, sin penalidad. La instalación no es reembolsable una vez ejecutada.
QUINTA — Voz clonada y propiedad.
La voz clonada se crea únicamente con autorización grabada y escrita del titular, se usa exclusivamente en el asistente de EL CLIENTE, y será eliminada de forma permanente dentro de los quince (15) días siguientes a la terminación del contrato. La voz y la información de negocio son propiedad de EL CLIENTE. La configuración técnica, prompts, integraciones y plataforma son propiedad de EL PRESTADOR.
SEXTA — Obligaciones de EL CLIENTE.
Suministrar información veraz del negocio; entregar acceso a sus activos comerciales de Meta y documentos de verificación; designar un canal de contacto para ajustes; usar el asistente conforme a la ley y a las políticas de WhatsApp/Meta.
SÉPTIMA — Tratamiento de datos personales.
Las partes cumplirán la Ley 1581 de 2012. EL PRESTADOR actúa como encargado del tratamiento de los datos de los contactos de EL CLIENTE, los procesa únicamente para operar el asistente, no los comparte con terceros distintos a los proveedores tecnológicos necesarios para el servicio, y los elimina o devuelve al terminar el contrato.
OCTAVA — Límites de responsabilidad.
El asistente es una herramienta de inteligencia artificial: EL PRESTADOR garantiza la operación diligente del servicio, pero no garantiza resultados comerciales específicos ni la exactitud de cada respuesta individual. La responsabilidad total de EL PRESTADOR se limita al valor pagado por EL CLIENTE en los últimos tres (3) meses. La disponibilidad depende parcialmente de terceros (Meta, proveedores de telecomunicaciones y de voz).
NOVENA — Confidencialidad.
Cada parte protegerá la información confidencial de la otra durante el contrato y dos (2) años después.